Si estás entrando en esta maravillosa
etapa de la vida, tal vez te surgen algunas dudas sobre la duración de la
licencia maternal o la reducción horaria una vez que te reintegres.
¿Cuántos días me corresponden de
licencia maternal? ¿Desde cuándo se cuenta la licencia? ¿Cuánto tiempo puedo
extender el medio horario?
República AFAP te informa sobre este
tema
¿Cuánto dura la licencia maternal?
Para las mujeres que trabajan en la actividad
privada, corresponden en total 14 semanas de licencia maternal.
Esta licencia se compone de 6 semanas antes de la fecha prevista para el parto (descanso prenatal) y 8 semanas
después del parto (descanso puerperal).
Una vez finalizada la licencia
maternal tenés derecho a trabajar medio horario hasta que el bebé cumpla los 5
meses. A partir del 1/1/2016 el medio horario se extenderá hasta los 6 meses.
¿Desde cuándo se cuenta la licencia maternal?
La ley establece en
su 2º artículo que; "Las beneficiarias deberán cesar todo trabajo 6 semanas antes de la fecha presunta del parto y no podrá reiniciarlo sino hasta 8 semanas después del mismo" (totalizando así las 14 semanas totales de
licencia maternal).
No obstante, las
beneficiaras autorizadas por el Banco de Previsión Social podrán variar los
períodos de licencia anteriores, manteniendo que el período de descanso no sea inferior
a 14 semanas.
La licencia por
maternidad puede ampliarse en los siguientes casos:
Si el parto ocurre
antes de la fecha prevista y aún no se está haciendo uso de la licencia, se
iniciará el descanso de inmediato hasta completar las 14 semanas, o las
8 semanas posteriores a la fecha prevista del parto si fuera más beneficioso
por vencer con posterioridad.
Si el parto ocurre
luego de la fecha prevista, la licencia maternal continúa hasta la fecha real
del parto, y luego del mismo por 8 semanas más.
¿Qué pasa en caso de enfermedad a consecuencia del
embarazo o del parto?
Si la beneficiaria
se enferma a causa del embarazo o parto, tendrá derecho a que se le prolongue
el descanso (prenatal o puerperal según el caso).
En ese período
extraordinario recibirá las prestaciones económicas que le correspondan del
instituto previsional al que se encuentre amparada, y en caso que no le
correspondan o no tenga derecho a ellas, tendrá derecho a recibir del BPS un
subsidio por enfermedad.
¿Qué es la reducción horaria por lactancia?
Tenés derecho a utilizar 2 medias
horas para amamantar al bebé; en la práctica se reduce el horario en 1 hora o
se otorga un descanso intermedio 1 hora más prolongado que el normal. Esto no
afecta el normal descanso de jornada laboral, sino que se trata de un tiempo
“extra”.
¿Y para los padres?
Para los padres actualmente se cuenta
con 10 días libres (corridos, desde la fecha del parto) y en 2016 la licencia
aumentará a 13 días.
El medio horario (que rige hasta los
5 meses del bebè) puede ser utilizado también por el padre, de manera rotativa
con la madre.
¿En la actividad pública es igual?
Las madres que trabajen en la
actividad pública, tienen derecho a una licencia de 13 semanas y los padres 10
días hábiles. Una vez finalizada la licencia maternal tendrán derecho a
trabajar medio horario, siempre y cuando se acredite estar amamantando al bebé (mediante
el certificado médico correspondiente). Esta reducción de la jornada laboral
puede prolongarse hasta que el lactante lo requiera.
¿Te interesa saber cuánto se cobra
por Licencia Maternal? Visitá nuestro artículo: ¿Cuánto se cobra de licencia maternal?
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