¿Cómo calcular la licencia y el salario vacacional?



Llega el verano, época típica de vacaciones. Seguramente te preguntás ¿cuántos días de licencia te corresponden, cuánto cobrarás de salario vacacional, cuándo se cobran, qué descuentos tienen …?

Para responder a estas preguntas, Gallito te comenta algunos tips y ejemplos que podrían ser de utilidad para ti.


¿Cuántos días de Licencia me corresponden?

La Licencia es un Derecho Laboral al que no puedes renunciar, si bien deberás cumplir con algunas formalidades para su solicitud y cobro. Todos los trabajadores tienen derecho a Licencia, incluido el Servicio Doméstico.

Por definición la licencia es un período de tiempo en el cual no se trabaja y se cobra el sueldo como si se hubiera trabajado. La Licencia es diferente del Salario Vacacional, que es un beneficio adicional para el mejor disfrute de la misma.

¿Cómo se calculan los días de Licencia?

La Licencia anual se extiende por 20 días, excluyendo los feriados (no laborables) y los domingos pero sí se cuentan los días sábados, aunque usualmente no los trabajes.

Por ejemplo, si decides tomarte los 20 días de licencia corridos, comenzando tu licencia el lunes 16 de enero de 2017, deberás reintegrarte al trabajo el miércoles 8 de febrero.

Si no has trabajado en la misma empresa durante 1 año completo (seguido), puedes calcular 1,66 días de licencia por mes trabajado, entonces si trabajaste 6 meses al 31/12/2016, tendrás 10 días de licencia para tomarte, a partir del 1°/1 del 2017.

¿Se puede fraccionar?

Ningún período de licencia, de acuerdo con la ley, podrá ser inferior a diez días, salvo el de aquellos funcionarios que aún no tienen seis  meses en la empresa.

¿Es obligatorio tomarse la Licencia?

La licencia debe gozarse dentro del año inmediato siguiente al que se generó el derecho, considerando para ello el “año civil”, que cierra al 31/12, por eso a partir del 1°/1 podrás gozar de la licencia generada el año inmediato anterior. No es legal acumular licencia de varios años, ni solicitarla antes de finalizado el año civil.

¿Puedo elegir libremente la fecha para salir de Licencia?

En realidad la normativa define que la licencia será coordinada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, sin embargo, cuando la empresa tiene definidos ciertos períodos de cierre, como semana de carnaval, semana de turismo, licencia de la construcción, etc., podrá obligar al personal a salir de licencia durante dichos períodos, descontando los mismos de la Licencia anual.

¿Qué es el salario vacacional?

Es un incentivo adicional para el mejor goce de la licencia. Para calcular el salario vacacional, lo primero es averiguar cuántos días de licencia te corresponden y cuál es tu salario líquido. (Recuerda que el salario líquido es lo que efectivamente vas a cobrar y el nominal es el sueldo antes de aplicarle los descuentos legales).

¿Siempre me corresponde cobrar Salario Vacacional?

Todos los trabajadores privados tienen derecho a cobrar el Salario Vacacional, incluidos los trabajadores rurales y del servicio doméstico.  Para los trabajadores públicos, salvo acuerdos especiales, los únicos que reciben Salario Vacacional son aquellos de personas públicas no estatales.

¿Cuánto es el Salario Vacacional?

Es el 100% del Jornal Líquido, multiplicado por los días de Licencia.

Por ejemplo: Si tu sueldo mensual es $ 9.000 al mes y te tomas los 20 días de licencia, cobrarás los $ 9.000 nominales de sueldo (de los cuales cobrarás $ 3.000 como sueldo y $ 6.000 como “Licencia”) – o sea, unos $ 7.200 líquidos –en la mano- , más $ 4.800 de Salario Vacacional (esos $ 4.800 representan el sueldo líquido por 20 días). En resumen, ese mes, cobrarás $ 12.000 en la mano.

¿Cuándo me tienen que pagar el Salario Vacacional?

La remuneración que te corresponde por irte de licencia debe ser paga antes de gozar tus días de licencia (habitualmente el último día de trabajo antes de comenzar la licencia, o a principios del mes en que la gozás).

En caso de ser un trabajador jornalero, el Salario Vacacional que te corresponderá será el resultante de la multiplicación del jornal líquido que recibes por el número de días de licencia. Los trabajadores por jornal, al iniciar su licencia, deben cobrar tanto el salario vacacional, como los jornales de licencia.

Ejemplo: Si tu jornal líquido es de $ 400 y te tomas 10 días de licencia, el Vacacional será de $ 4.000


El salario vacacional no lleva aportes de la Seguridad Social, pero si está gravado por el IRPF