¿Cómo se calcula el Seguro de Paro?

Tal vez te preguntás si este beneficio cubre el total de tu sueldo o durante cuánto tiempo puedes cobrar este subsidio.

Para responder a estas preguntas, República AFAP te comenta algunos tips y ejemplos que podrían ser de utilidad para ti



¿Cuánto se cobra?

Para los despedidos el monto varía en forma descendente desde el 1º hasta el 6º mes.

Para los mensuales, en el 1º se cobra el 66% del promedio mensual de lasremuneraciones de los 6 meses anteriores al hecho que motiva el ingreso al seguro; enel 6º mes se cobra el 40%.

La escala es:

Mes 1: 66%
Mes 2: 57%
Mes 3: 50%
Mes 4: 45%
Mes 5: 42%
Mes 6: 40%

Por ejemplo, si tu salario nominal fue de $ 15.000 durante los primeros 6 meses del año y de $ 17.000 los otros 6 meses, el promedio mensual de las remuneraciones percibidas es de $ 16.000 al mes, que será la base de cálculo a utilizar.

Siguiendo con la escala anterior, el Seguro de Paro que percibirás será de $ 10.560 el primer mes, y luego desciende mes a mes, siendo de $ 9.120 el 2do mes, $ 8.000 el 3o. , $ 7.200 el 4to., $ 6.720 el 5to. finalizando en $ 6.400 el 6to. y último mes.

Los jornaleros cobrarán 16 jornales el 1er mes, reduciéndose progresivamente ese monto hasta 9 jornales en el 6º mes.

Si la causal del seguro es la suspensión total de la actividad en la empresa, se cobrael equivalente al 50% del promedio mensual de las remuneraciones o el equivalentea 12 jornales.

En el caso de la suspensión parcial de la actividad o trabajo reducido, se cobra la diferencia entre el posible subsidio (calculado igual que en la suspensión total) y lo efectivamente cobrado.

¿Hay topes o límites en los montos a cobrar*?

Quienes son despedidos pueden cobrar hasta $ 39.397* en el 1er mes, monto que sereduce progresivamente hasta los $ 21.485* en el 6º mes.

Quienes ingresan al seguro de paro por suspensión total de la actividad o trabajo reducido, pueden cobrar hasta $ 28.655* mensuales con un mínimo de $ 3.581*.

¿Se puede cobrar más allá de estos montos?

Las personas casadas, que viven en concubinato o que tienen familiares incapaces asu cargo cobran un 20% extra al cálculo básico realizado.

Las personas mayores de 50 años despedidas tienen derecho a una extensión del goce del beneficio por 6 meses adicionales a los 6 meses determinados en general.

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* Fuente BPS. Valores a 2015