¿Cuánto me corresponde cobrar de Licencia Maternal?

El subsidio por maternidad permite continuar percibiendo ingresos durante la Licencia Maternal. Existen también beneficios para los padres, así como compensación por “medio horario”, indistinto para madre o padre.



República AFAP te informa sobre este tema

Subsidio por Licencia Maternal

Trabajadoras dependientes

El promedio mensual o diario – según sea el caso, si cobrás por mes o por día u hora- de las asignaciones computables percibidas en los últimos seis meses, más la cuota parte correspondiente al aguinaldo, licencia y salario vacacional a que hubiere lugar por el período de amparo.

Trabajadoras no dependientes

El promedio mensual de tus asignaciones computables de los últimos doce meses.

En ningún caso el monto del subsidio por maternidad será inferior a 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) por mes, o la suma que proporcionalmente correspondiere para períodos menores.

Los plazos mencionados corresponderán a período de trabajo efectivo si fuere más favorable para la trabajadora.

Subsidio para Padres

Los padres tendrán derecho a ausentarse del trabajo por razones de paternidad, percibiendo el subsidio correspondiente, es decir, cobrando su salario habitual sin tener que ir a trabajar.

A partir del 1º de enero de 2016, esta compensación regirá por un máximo de diez días continuos, a contar desde el día del parto.

El monto del subsidio, correspondiente a cada día de ausencia por razones de paternidad, será el siguiente:

Trabajadores dependientes

El promedio diario de sus asignaciones computables percibidas en los últimos seis meses, más la cuota parte correspondiente al aguinaldo, licencia y salario vacacional a que hubiere lugar por el período de amparo.

Trabajadores no dependientes

En este caso, corresponderá el promedio diario de sus asignaciones computables de los últimos doce meses.


“Medio horario” – Subsidio parental para cuidados

Los trabajadores beneficiarios del llamado “medio horario” podrán acceder a un subsidio para el cuidado del recién nacido, que podrán usar indistintamente y en forma alternada el padre y la madre una vez finalizado el período de subsidio por maternidad.
El beneficio consiste en el pago de una prestación económica equivalente al 50% del jornal del subsidio por maternidad, calculado de acuerdo a lo establecido en la ley.
A partir del 1/1/2016 este beneficio se extiende hasta que el hijo cumpla 6 meses de edad.

Vale destacar que la compensación es por un máximo de 4 horas diarias.

IMPORTANTE

Te recordamos que a partir del 1° de enero de 2016, rigen los nuevos plazos de “Licencia porPaternidad” y “Medio Horario”.

- La licencia por maternidad seguirá siendo de 14 semanas.
- La licencia por paternidad será de 10 días.
- El medio horario (indistinto para padre e madre) se prolongará, hasta los 6 meses del bebe.


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Licencia por maternidad y paternidad