¿Cuántos días de Licencia me corresponden?

La Licencia es un Derecho Laboral al que no puedes renunciar, si bien deberás cumplir con algunas formalidades para su solicitud y cobro. Todos los trabajadores tienen derecho a Licencia, incluido el Servicio Doméstico.

Por definición la Licencia es un período de tiempo en el cual no se trabaja y se cobra el sueldo como si se hubiera trabajado. La Licencia es diferente del Salario Vacacional, que es un beneficio adicional para el mejor disfrute de la misma.

República AFAP te informa sobre la forma de calcular y cobrar la Licencia.


¿Cómo se calculan los días de Licencia?

La Licencia anual se extiende por 20 días, excluyendo los feriados (no laborables) y los domingos pero sí se cuentan los días sábados, aunque usualmente no los trabajes.

Por ejemplo, si decides tomarte los 20 días de licencia corridos, comenzando tu licencia el lunes 4 de enero de 2016, deberás reintegrarte al trabajo el miércoles 27 de enero.

Si no has trabajado en la misma empresa durante 1 año completo (seguido), puedes calcular 1,66 días de licencia por mes trabajado, entonces si trabajaste 6 meses al 31/12, tendrás 10 días de licencia para tomarte, a partir del 1°/1 del año siguiente.

¿Se puede fraccionar?

Ningún período de licencia, de acuerdo con la ley, podrá ser inferior a diez días, salvo el de aquellos funcionarios que aún no tienen seis meses en la empresa.

¿Es obligatorio tomarse la Licencia?

La licencia debe gozarse dentro del año inmediato siguiente al que se generó el derecho, considerando para ello el “año civil”, que cierra al 31/12, por eso a partir del 1°/1 podrás gozar de la licencia generada el año inmediato anterior. No es legal acumular licencia de varios años, ni solicitarla antes de finalizado el año civil.

¿Puedo elegir libremente la fecha para salir de Licencia?

En realidad la normativa define que la licencia será coordinada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, sin embargo, cuando la empresa tiene definidos ciertos períodos de cierre, como semana de carnaval, semana de turismo, licencia de la construcción, etc., podrá obligar al personal a salir de licencia durante dichos períodos, descontando los mismos de la Licencia anual.

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